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Autorización para Elaboración Domiciliaria de Alimentos

La Autorización para la Elaboración Domiciliaria de Alimentos es la aprobación que otorga el Área de Bromatología y Ambiente a toda persona que sin poseer habilitación comercial, elabore alimentos en su domicilio particular con fines de comercializarlo en la localidad.

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¿Qué es la Autorización para Elaboración Domiciliaria de Alimentos? 

La Autorización para la Elaboración Domiciliaria de Alimentos es la aprobación que otorga el Área de Bromatología y Ambiente a toda persona que sin poseer habilitación comercial, elabore alimentos en su domicilio particular con fines de comercializarlo en la localidad. 

 ¿Quién la deben gestionar? 

La debe gestionar el responsable de la vivienda en la cual se realice la elaboración de alimentos o el conviviente autorizado por éste. 

 ¿Cómo se tramita? 

El trámite se inicia en la oficina de Bromatología y Ambiente completando el formulario de Solicitud de Autorización para la Elaboración Domiciliaria de Alimentos. En el mismo momento se le brindarán los requisitos de infraestructura, producto y manipulador de acuerdo a los alimentos a elaborar y se acordará día y horario de inspección. 

El día de la Inspección, un Inspector del Área visitará el domicilio en el cual se produce la elaboración de alimentos a fin de corroborar el cumplimento de los requisitos informados y proporcionar recomendaciones para la elaboración segura de los alimentos. 

Si la Solicitud ha sido aprobada, el solicitante debe gestionar la Inscripción Municipal como Elaborador Domiciliario de Alimentos en la Oficina Administrativa Municipal presentando la Solicitud de Autorización para la Elaboración Domiciliaria de Alimentos aprobada y abonar la tasa correspondiente. 

Una vez realizada la Inscripción Municipal, el solicitante debe dirigirse nuevamente a la oficina de Bromatología y Ambiente a fin de completar el trámite de registro y se le entregará el Certificado de Autorización para la Elaboración Domiciliaria de Alimentos. 

 Requisitos 

  1. Formulario de Solicitud de Autorización para la Elaboración Domiciliaria de Alimentos.
  2. Certificado de Inscripción Municipal como Elaborador Domiciliario de Alimentos.
  3. DNI del responsable de la vivienda o conviviente autorizado por éste.
  4. Constancia de pago de Tasa de Inscripción Municipal.

 Vigencia 

La Habilitación Sanitaria tiene una vigencia de 3 meses a partir de la fecha de su otorgamiento, pudiendo ser revocada por traslado, cambio de titular o rubro habilitado o incumplimiento de algún requisito. 

 Renovación 

Para la renovación por vencimiento,  traslado, cambio de titular o rubro habilitado debe repetir los pasos mencionados anteriormente. 

 Costo del trámite 

Tasa  de Inscripción Municipal.